lunes, enero 26, 2009

Flexibilización del secreto bancario: ¿indefensión para los contribuyentes?


Quiero convocarlos a discutir acerca de un tema que me parece de suma importancia, el cual es la flexibilización de nuestra normativa legal interna acerca del tema del secreto bancario. ¿Qué es el secreto bancario? De acuerdo a la Ley General de Bancos, consiste que la información referida a los depósitos y captaciones que reciban los bancos debe ser mantenida en secreto y sólo se pueden dar a conocer a los dueños de ese dinero y a quienes ellos hayan autorizado. Y esta medida de protección para todo titular de cuentas corrientes, depósitos, pretende ser aminorada o prácticamente erradicada para el Servicios de impuestos, lo que significa que se corre el riesgo el SII pueda siempre revisar las cuentas corrientes, depósitos y cualquier tipo de captaciones bancarias como lo establece la ley antes citada.

La actual norma establece al SII que excepcionalmente puede entrar a revisar las captaciones bancarias del contribuyente siempre y cuando exista una investigación de delitos tributarios por parte del director de servicio impuesto internos cuando merezcan pena corporal o cuando exista una autorización judicial de un tribunal competente, es claro que esta resolución debe ser fundada.

Esta reforma legal se presenta con ocasión de que nuestro país entre a la OCDE. ¿Que es el OCEDE? Es la cicla de una es una institución internacional intergubernamental, denominada: La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico y que reúne a los países más industrializados de economía de mercado. En la OCDE, los representantes de los 30 países miembros se reúnen anualmente para intercambiar información y armonizar políticas con el objetivo de maximizar su crecimiento económico y colaborar a su desarrollo y al de los países no miembros. Por lo que la incorporación de Chile a tal organismo será beneficioso en tres ítems, según señala el director del Centro de Economía Internacional del Instituto Libertad y Desarrollo, Francisco Garcés:

1. Chile podrá compararse con otros miembros del organismo que forman parte del grupo de economías avanzadas, en lugar de cotejarse con los vecinos de Sudamérica, lo que arrojará como resultado soluciones a problemas en materias de desarrollo económico y social tomando en consideración las medidas que se han aplicado con éxito en otros países miembros de OCDE.

2. El análisis profundo que hace la OCDE de las políticas públicas de forma periódica, teniendo como referencia las políticas y estrategias exitosas de la mayor parte de sus miembros”.

3. El efecto de consolidación y credibilidad que aporta la pertenencia a la OCDE para los inversionistas internos y externos, para los prestamistas nacionales e internacionales y para los agentes que comercian con Chile en cuanto a transparencia y limitación de riesgos.

Ante tales beneficios producen serios efectos “colaterales”, entre otros, la violación a la garantía fundamental consagrada en nuestra constitución en el artículo 19 número 4 que garantiza el respeto y protección a la vida privada. Esta reforma se pretende para dar cumplimiento a la exigencia que impone el organismo para que Chile se incorpore a su entidad, ya que el no modificar la normativa, es decir, mantener el secreto bancario frente a las autoridades tributarias permite que se puedan esconder actividades ilegales y eludir el pago de las obligaciones fiscales.

Pero junto con modificar una serie de normas de nuestro ordenamiento jurídico referente al secreto bancario, creo que es menester modificar el procedimiento ordinario de reclamación que bordea la ilegalidad y la inconstitucionalidad donde el juez es el propio director de servicios impuestos internos y resulta que una de las partes en la contienda también es el servicio impuestos internos, aquí se viola un principio de imparcialidad en la constitución de todo juez en un procedimiento que debería respetar el principio del debido proceso. De prosperar esta flexibilización al secreto bancario, creo que se aumentaría aún más esta falta de igualdad que día a día se enfrentan los contribuyentes frente a una contienda litigiosa con el servicio de impuestos internos, mientras no se reforme a un procedimiento que guarde efectivo cumplimiento al principio de un justo y racional procedimiento que reza nuestra carta magna.

No hay comentarios.: